CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL

 Última revisión de la Junta Directiva Noviembre 2022

Introducción
ACIC es una Alianza entre Coaches, Programadores Neurolíngüisticos y Afines que juntos con sus Miembros y Acreditados, se comprometen brindare excelencia en las distintas Disciplinas.
Por tal razón invitamos a promover y adherirse a los principios éticos, fundamentados en competencias para poder trabajar dentro de un marco de seguridad y confianza.

ACIC es una alianza que está en continuo cambio y crecimiento, con el fin de brindar una performance de excelencia en dichas disciplinas,  aportando mejoras continuas que favorecen a la dar encuadre a los Registros existentes para hacer una Disciplina organizada y consolidada para los Ministerios gubernamentales de cada país de origen,

De acuerdo con los valores fundamentales de las Disciplinas, el Código Ético está planteado para proporcionar el marco de referencia adecuado, la responsabilidad y las normas de conducta para quienes se comprometen a cumplir con el siguiente Código Deontólogico de ACIC:

Primera parte: Definiciones: Coaching: 

El Coaching es una disciplina de desarrollo personal y profesional que mediante un proceso de entrenamiento se obtienen herramientas para la propia vida y también para acompañar a las personas, equipos, empresas, instituciones , a concretar sus logros y a desarrollar su máximo potencial, gestionando sus ideas, pensamientos y emociones.

Alcance  
El Coaching no es psicología, no es apto para atender patologías o trastornos.

No somos personal de salud pero sí podemos acompañar al personal de salud para la mejora continua del Ser Humano, trabajando interdisciplinariamente colaborando en el bienestar del las personas.

Actualmente la Disciplina de Coaching utiliza varios métodos de abordajes, contando también con especializaciones de la Profesión.

Los Clientes que contraten la disciplina del Coaching son llamados Coachees, Consultantes o Clientes.
Al Entrenador lo llamamos “Coach” es quien lidera el acompañamiento al Coachee o Consultante.

En las Empresas u Organizaciones y en equipos de trabajo, el Coach que ejerce y trabaja con herramientas de Liderazgo se lo denomina Lider Coach. 

Entonces podemos decir que ACIC credencializa la Disciplina de Coaching en sus variadas formas, métodos y especializaciones.

1. Coaching Ontológico apalancado en el trabajo con más de 20 Distinciones y Competencias en Estructura de Sesión de Coaching. Tíitulación Coach Ontológico.

2. Coaching Profesional: No es el Ontológico, está apalancado en ciertas distinciones (Emociones-Actos del habla) + estructura de Sesión.

3. Life Coaching  (sin estructura de conversación tradicional- Utiliza métodos varios.) Titulación Life Coach o Coach de Vida.

4. Neurocoaching brinda una capacitación en Coaching Ontológico integrando Neurociencias. Titulación Neurocoach.

ESPECIALIZACIONES (consultar por lineamientos de cada especialización)
Coaching Deportivo

Empresarial, Ejecutivo y Organizacional

Coaching Sistémico

Coaching de Parejas

Coaching Familiar o Vincular
Coaching con Caballos

 (también llamado Sistémico Asistido con Caballos)

Coaching Nutricional

Coaching para Emprendedores

Coaching de Equipos

Caoching Teológico o Espiritual.

Coaching Transpersonal (Coaching más disciplinas holísticas)

Metodologías existentes y utilizadas por Coaches:
Agile Coaching

Coaching por Valores 

Delimitar el alcance de la disciplina de Coaching a todos los Coachees, en caso de utilizar otras herramientas u otras metodologías informando a los Consultantes.

Si hay una fusión del Coaching con otras disciplinas deben quedar bien enmarcadas aclarando el alcance de cada una de ellas, por ejemplo Coaching Ontológico y Desarrollo Holístico,  también otro ejemplo sería Coaching Sistémico y constelaciones familiares, enmarcando asi la disciplina de Coaching  y aclarando cuál son los otros métodos integrativos.

En el marco de la disciplina Coaching y de todas sus especializaciones es fundamental trabajar sobre 3 dominios fundamentales: Lenguaje, Emoción y Corporalidad.

Utilizar Contratos firmados para los procesos ya sean de personas, equipos o empresas (solicitar ACIC la proforma de esos Contratos).

ACIC sugiere utilizar estructura de sesión tradicional, para la atención de las personas cuando se trata de Coaching personal dentro de las bases de Coaching Ontológico.

Etapas de la Conversación
1era. Sesión la llamaremos Entrevista Sesión – Definir Macro Acuerdo (logro general del proceso)
Dentro de las Sesiones utilizar
Sesiones Siguientes:
a)   Apertura- Creación de Contexto
b) Sentar bases-Encuadre de la Sesión
c) Indagación – Acuerdo
d) Exploración 1(quien está siendo)
e) Exploración 2 (quien quiere ser-cambio de observador)
f) Expansión – Diseño de Acciones
g) Cierre

Firmar Macro Acuerdo de Coaching,  para que el mismo quede sellado y poder realizar un seguimiento de los logros del Cliente (Este acuerdo tiene tres funciones: 1. Definir con precisión los objetivos de lo que desea lograr el Coachee para que éstos sean medibles. 2. Brindar confidencialidad a la información. 3. Pautar las normas de las sesiones.

ACIC sugiere utilizar estructura de sesión por medio de la Método Grow para la atención de las personas cuando se trata de Especializaciones de Coaching.

COMPETENCIAS
Las Competencias del Coaching han sido creadas con la finalidad de fomentar una mayor comprensión sobre las habilidades y los enfoques usados hoy en día en la profesión.

Las 11 competencias del Coaching se nos presentan como claves concretas para un mejor desarrollo del Coaching como disciplina, por lo que es importante conocerlas, dominarlas y llegar a hacerlas nuestras. para saber aplicarlas en el momento idóneo dentro de cualquier proceso de Coaching.

Las competencias son las que debe tener un Coach a la hora de realizar los procesos de Coaching, sean personales o de equipos.

1. Respetar Normas éticas y estándares profesionales. Instrumento: Código de Ética vigente.

2. Encuadre en las Sesiones. Determinar a nuestros Clientes el alcance del proceso.

3. Fomentar la relación de Confianza con el Cliente, Coachee o consultante.

4. Presencia activa en los Procesos.

5. Escucha atenta, eficiente y activa en Procesos de Coaching.

6. Utilización de  Preguntas poderosas o socráticas que generen reflexión y toma de conciencia.

También para clarificar la información. Preguntas verticales y horizontales

7. Comunicación directa (proporcionar información clara y precisa)

8. Creación de conciencia (utilización de técnicas como metáforas, parafraseo y otras para el autoconocimiento y el darse cuenta – cambio de observador )

9. Seguimiento en el Diseño de acciones 

10. Planificación y gestión de objetivos (definir objetivos claros en cada proceso)

11. Generar retroalimentación.

Contratación
Relación de coaching profesional: la relación de coaching profesional nace entre Coach y Cliente/Coachee/Consultante desde el momento que se produce un acuerdo de Contratación (ver contratos) donde se expresa los compromisos y responsabilidades de cada una de las partes.  (válido para En Coaching personal o Vincular: Coach/Cliente o Consultante

Coach: un Coach (entrenador en inglés) es la persona que lleva a la práctica los procesos de Coaching y se compromete a poner en práctica las competencias y distinciones y a respetar el Código Ético Profesional. Cliente: el «Cliente/Coachee/Consultante» es toda persona que recibe coaching.
En Coaching Empresarial/Institucional/Organizacional/Ejecutivo:
Roles en la relación de Coaching: Es preciso explicar los roles en la relación de Coaching. Es necesario diferenciarlos cuando se trata de contratación en Empresas o Instituciones, ya que el Cliente o Tomador / Patrocinador pueden ser las mismas  personas y, por lo tanto, ambos conceptos se señalaron como el Cliente. No obstante, para efectos de identificación, la ACIC define estos roles de la siguiente manera:
Patrocinador o Tomador: Son los representantes de la  Institución que contratan el servicio (paga y organiza los “servicios de coaching” que se prestarán).
Consultante o Cliente: es quien recibe el proceso de Coaching, y puede ser quien designe el Patrocinador (un empleado,  por ejemplo),  incluso él mismo (patrocinador) puede tomar Coaching.
Equipo: También el Patrocinador puede solicitar se brinde Coaching a su equipo.
En  todos los casos, los contratos de servicio de coaching deberán establecer claramente los derechos, los roles y las responsabilidades tanto para el Cliente como para el Tomador o Patrocinador.
Conflicto de intereses: es una situación en la que un Coach tiene un interés privado o personal suficiente como para dar la sensación de estar influyendo sobre la finalidad de sus obligaciones oficiales como coach y profesional.

ETICA PARA PLATAFORMAS/ESCUELAS
Programas de Formación, Escuelas, Plataformas o Instituciones: deben cumplir las normas vigentes y garantizar programas avalados por ACIC para el dictado de las clases con competencia, honestidad y dentro de los estándares reconocidos y del marco de referencia correspondientes.
Estudiante: el «estudiante» es aquella persona inscripta en un programa de formación para obtener un aprendizaje de los procesos de Coaching vigentes, para que luego pueda desarrollar sus habilidades y competencias aprendidas
Luego de haber estudiado en una Institución certificada, el estudiante debe certificarse particularmente en el RIC (Registro Internacional de Coaches), para encontrarse dentro de las normas de nuestra Alianza Certificadora /ACIC
Facilitador/Formador: es quien tiene las competencias y estándares necesarios para dictar las clases. Debe encontrarse dentro del marco de regulación de Coaching y contar con un programa diseñado que avale su formación.
Mentor Coach: Es quien combina el ser Coach con la  experiencia y la sabiduría para guiar y entrenar a un Coach que recién inicia,  proporcionando habilidades específicas: no utiliza el mismo método que un Coach ya que éste acompaña y entrena a conseguir y  cumplir metas profesionales o desarrollar ciertas habilidades específicas, y el Mentor instruye en experiencia y conocimiento. El Mentor guía; el Coach no.
Coach/Supervisor: en la Supervisión, la principal tarea del Supervisor es asegurar que el coach está proveyendo las auténticas necesidades del cliente al tiempo que hace un seguimiento de la relación entre ambos para maximizar la eficacia del trabajo.
Representantes de Plataformas/Escuelas: Los responsables y representantes  deben garantizar la principal tarea de instruir la formación de Coaches, proveyendo los programas autenticados asegurando el buen desempeño de los Formadores/Facilitadores haciendo seguimiento exhaustivo de las competencias de Coaching, de los valores, revisando la visión, la misión de su plataforma, maximizando la eficacia del trabajo en conjunto de todas la áreas de la Institución
Coach Ontológico: puede atender en sesiones particulares. Es un Coach formado en las 11 competencias. Es quien lleva a adelante los procesos de Coaching y se compromete a poner en práctica las competencias y distinciones, y a respetar el Código Ético Profesional.
Especializaciones de Coaching:
Coach Especializado: Es un Coach con formación en Escuelas o Instituciones de Especializaciones de Coaching. El Coach especializado puede trabajar con personas y equipos; se compromete a poner en práctica las competencias de su especialización y a respetar el Código Ético Profesional (no puede atender con el método de Coaching Ontológico)
Escuela de Especializaciones: Todas las especializaciones deben presentar un enfoque -en cuanto a su visión del ser humano- inspirado en la visión Ontológica, Sistémica y Transformacional. Considerando el Coaching no sólo una metodología con herramientas prácticas o una disciplina moderna en expansión, sino una filosofía de vida que mira e interpreta al ser humano y sus posibilidades de cambio, crecimiento, desarrollo y mejora.  Especializarse es profundizar las diferentes herramientas útiles y necesarias para ser capaces de acompañar y obtener resultados de mejora en los procesos de desarrollo, cambio y acompañamiento que lleven a cabo.
Se abordarán las bases teóricas del Coaching, sus diferentes ámbitos de aplicación y modelos metodológicos, como esquema referencial que permite adentrarnos en el proceso de Coaching. Además de profundizar en las herramientas que serán útiles durante los procesos de guía y acompañamiento; en las competencias del Coach, en coherencia con los estándares internacionales.

Segunda Parte: Los Estándares del Código Ético de la ACIC
Sección 1: Conducta profesional de todas las Interacciones de Coaching:
Yo, como Coach:
1. Actuaré de acuerdo con el Código Ético de la ACIC en todas las interacciones:   como Coach, como estudiante, como Formador o Facilitador de Coaching, como Coach Mentor, como Supervisor de coaches, como Representante de Programas, Cursos , Talleres, declarando estar comprometido con la excelencia del Coaching, y con el compromiso de promover y adherir a los principios éticos fundamentados en competencias y distinciones de Coaching dentro de una performance de excelencia a la profesión y de acuerdo con los valores fundamentales del Coaching.
2. Contactaré con la ACIC para comunicar sobre cualquier desacato de las normas éticas o ante cualquier incumplimiento tan pronto como tenga conocimiento de ello, ya sea que me competa a mi o a los demás.
3. Guardaré de realizar cualquier tipo de exclusión en las actividades profesionales, que incluya religión, raza, orientación de género, discapacidad, edad, nacionalidad, etnia, u orientación sexual.
4. Realizaré declaraciones orales y escritas verdaderas y precisas sobre los servicios que ofrezco.
5. Identificaré fielmente mis calificaciones en formación, pericia, experiencia, certificaciones y credenciales de la ACIC.
6. Reconoceré y respetaré los esfuerzos y aportes de otros colegas; solamente exigiré la propiedad de mi propio material.
7. Reconozco que el Código Ético se aplica a en mi relación con clientes, estudiantes, mentorizados y supervisados en Coaching.
8. Llevaré a cabo investigaciones con competencia, honestidad y dentro de los estándares científicos reconocidos y del marco de referencia correspondientes.
9. Con el ánimo de fomentar la confidencialidad y privacidad, se destruirá todo archivo de cualquier índole que haya constituido en razón de mis servicios una vez dejen de requerirse.
10. Respecto a la información de contacto de los miembros de la ACIC (números de teléfono, direcciones de correo electrónico, entre otros), sólo recurriré a ellas de la manera señalada por la ACIC.

Sección 2: Conflicto de intereses
11. Estaré atento ante cualquier posibilidad o surgimiento de conflicto de intereses para denunciar o renunciar según sea el caso.
12. Respetaré la relación equitativa coach-cliente, independientemente de la forma de compensación.

Sección 3: Conducta profesional con clientes
13. Me cercioraré de que antes de dar inicio al proceso, mi cliente y patrocinadores de coaching comprendan la naturaleza del coaching, la esencia y los límites de la confidencialidad, los acuerdos financieros, y cualquier otra condición establecida en el contrato de coaching.
14. Me abstendré de declaraciones falsas o engañosas a clientes o patrocinadores, actuales o futuros, sobre los resultados que conseguirán del proceso de coaching.
15. Antes de comenzar cualquier relación de coaching me aseguraré que tengo el respaldo de un acuerdo preferiblemente por escrito con mis clientes y patrocinadores, de tal manera que la claridad absoluta genere confianza. Dicho contrato debe incluir las responsabilidades, derechos y roles de las partes involucradas.
16. Le sugeriré a mi cliente que busque los servicios de otros profesionales cuando lo considere necesario, bien sea para continuar con otro profesional o para alternar con mis servicios.

Sección 4: Confidencialidad/Privacidad
17. Excepto por disposición legal mantendré los más estrictos niveles de confidencialidad acerca de toda la información del cliente.
18. Elaboraré un contrato claro sobre cómo se intercambiará la información de coaching entre el coach, cliente.
19. Elaboraré un contrato claro cuando actúe en calidad de coach, coach mentor, supervisor o formador, tanto con el cliente y patrocinador como con el estudiante, mentorizado o supervisado, sobre las condiciones bajo las cuales no se mantendrá la confidencialidad (por ejemplo, una actividad ilegal inminente o que pueda poner en riesgo a uno mismo o a otros, conforme a una resolución judicial o citación válida, etc.), y me aseguraré de que éstos acuerden por escrito voluntaria y conscientemente dicho límite de confidencialidad. Cuando considere razonablemente que una de las circunstancias anteriores sea aplicable, deberé informar de ello a las autoridades correspondientes.
20. Requeriré a todos los que trabajan conmigo para acompañar a mis clientes que se adhieran al Código Ético sección 4, Normas de confidencialidad y privacidad, y cualquier otra sección del Código Ético que sea aplicable.

Sección 5: Desarrollo Continuo
21. Me comprometo a cumplir con el requisito de desarrollo continuo y permanente de mis habilidades profesionales.

Tercera parte: Juramento de ética profesional de ACIC:
Actuaré de acuerdo con el Código Ético de la ACIC en todas las interacciones que realice en la disciplina de Coaching, me comprometo promover y adherir a los principios éticos fundamentados en competencias y distinciones de Coaching dentro de una performance de excelencia a la profesión y de acuerdo con los valores fundamentales del Coaching.
Reconozco y acepto respetar mis obligaciones éticas y legales ante mis clientes y patrocinadores de coaching, mis colegas y el público en general. Prometo acatar el Código Ético de ACIC y aplicar estas normas vigentes
Si infrinjo este Juramento de ética profesional o cualquier parte del Código Ético de la ACIC, aceptó que la ACIC me responsabilice de ello, según su criterio.
Acepto además que mi responsabilidad por mi incumplimiento conlleve sanciones, como la pérdida de mi titularidad como miembro de la ACIC y/o mis credenciales de la ACIC.

Adoptado por la Junta Directiva de ACIC

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